INDEPAR somete toda publicación a un proceso de revisión que garantiza su rigor académico y confiabilidad. Antes de que cualquier documento reciba el Sello INDEPAR, es evaluado por ocho departamentos académicos especializados y revisado por un auditor independiente con Cédula INDEPAR. Este proceso existe para que cada publicación que lleve nuestro nombre cumpla con estándares verificables de calidad.
Cada publicación es evaluada desde ocho perspectivas distintas. Los departamentos académicos de INDEPAR operan de forma independiente y cada uno emite un dictamen sobre el cumplimiento de sus cláusulas.
Evalúa el origen, trazabilidad y confiabilidad de todos los datos presentados.
Toda cifra cuantitativa debe provenir de una fuente primaria: CONSAR, IMSS, ISSSTE, INEGI, Banxico, DOF, u otro organismo oficial.
Cada dato incluye referencia completa: institución emisora, nombre del documento o base de datos, año del dato, y ubicación específica (página, tabla, o URL).
No se aceptan cifras obtenidas de fuentes secundarias (notas periodísticas, blogs, reportes de consultoras) como sustento de afirmaciones cuantitativas.
Los datos utilizados deben corresponder al periodo de estudio declarado. No se mezclan datos de años distintos sin indicarlo explícitamente.
Cuando un dato oficial presenta revisiones o correcciones posteriores, se utiliza la cifra más reciente disponible, indicando la fecha de consulta.
Evalúa el diseño de investigación, reproducibilidad y rigor en el enfoque analítico.
Toda publicación tipo ESTUDIO o NOTA describe su metodología de forma suficiente para que un tercero pueda replicar el análisis.
Los supuestos de cualquier cálculo, simulación o proyección se declaran de forma explícita y justificada.
Se identifican y declaran las limitaciones del estudio.
El alcance del análisis se define claramente: qué se incluye, qué se excluye, y por qué.
No se hacen inferencias causales sin metodología que las sustente.
Evalúa el uso correcto de datos numéricos, cálculos e interpretación estadística.
Los datos se presentan en las unidades correctas y con la precisión que la fuente original reporta (no se añaden decimales artificiales).
Las comparaciones temporales usan valores reales (ajustados por inflación) cuando la naturaleza del dato lo requiere, indicando el índice utilizado.
Todo porcentaje indica claramente su base de cálculo (% del saldo, % del salario, % del PIB, etc.).
Las tasas de crecimiento o variación indican periodo y base.
No se extrapolan tendencias sin base estadística o sin declarar que se trata de una proyección bajo supuestos específicos.
Los promedios indican si son simples o ponderados, y cuál es el criterio de ponderación.
Evalúa la precisión en referencias legales, normativas y regulatorias.
Toda referencia a una ley indica nombre completo, artículo, fracción (si aplica), y fecha de publicación o última reforma en el DOF.
Las disposiciones regulatorias de CONSAR, IMSS o ISSSTE se citan con su denominación oficial y fecha de vigencia.
Se distingue entre legislación vigente y legislación abrogada o reformada, indicando fechas de transición.
No se hacen interpretaciones legales como si fueran hechos. Las interpretaciones se señalan como tales.
Los regímenes de pensiones (Ley 73, Ley 97, Ley del ISSSTE 2007, etc.) se identifican correctamente con su nombre y año de aplicación.
Evalúa la solidez del razonamiento económico y corrección en cálculos financieros.
Los cálculos financieros (rendimientos, comisiones, tasas) utilizan fórmulas estándar y declaran la metodología de cálculo.
Se distingue entre valores nominales y reales. Cuando se presentan ambos, se indica claramente cuál es cuál.
Las referencias a indicadores macroeconómicos (inflación, PIB, tipo de cambio) provienen de fuentes oficiales (INEGI, Banxico).
Las proyecciones financieras declaran todos los parámetros: tasa de rendimiento, tasa de inflación, horizonte temporal, y escenarios.
No se emiten recomendaciones sobre productos financieros, AFOREs, o instituciones específicas.
Evalúa la neutralidad, ausencia de sesgo, y transparencia en conflictos de interés.
Las conclusiones se derivan exclusivamente de los datos y análisis presentados en el documento. No se editorializa.
La información se presenta de forma que el lector pueda formar su propio criterio.
Cuando existen interpretaciones múltiples de un dato, se presentan las alternativas relevantes.
Se declara ausencia de conflictos de interés. Si existieran vínculos con instituciones del sector, se declaran.
No se utilizan adjetivos valorativos sin sustento cuantitativo ("enorme", "mínimo", "insignificante") a menos que se defina el criterio numérico que los respalda.
Evalúa el cumplimiento de la estructura requerida y presentación formal del documento.
Toda publicación incluye: título, tipo de publicación, autor(es), fecha, resumen ejecutivo, cuerpo, conclusiones, y lista de fuentes.
Las tablas incluyen: número de tabla, título descriptivo, fuente de datos, y notas al pie cuando sea necesario.
Las gráficas incluyen: número de figura, título, ejes con etiquetas y unidades, fuente de datos.
Toda tabla y gráfica tiene referencia en el texto que la explica o contextualiza.
Las publicaciones tipo ESTUDIO incluyen secciones explícitas de metodología y limitaciones.
Las fuentes se listan con formato consistente: institución, título del documento, año, y localizador (URL o referencia física).
Evalúa la calidad de redacción, claridad y accesibilidad del documento.
Redacción clara, directa y profesional. Se evita la jerga técnica innecesaria; cuando es imprescindible, se define.
Ortografía y gramática correctas en todo el documento.
Consistencia en formato, tipografía, numeración y estilo a lo largo del documento.
La extensión es proporcional al contenido. No hay secciones de relleno.
El resumen ejecutivo permite comprender los hallazgos principales sin necesidad de leer el documento completo.
Toda publicación INDEPAR pasa por un proceso de revisión de tres etapas antes de recibir el Sello INDEPAR. Este proceso no es opcional: ninguna publicación se distribuye sin completarlo.
El documento es preparado por el equipo de investigación.
Cada departamento académico evalúa el documento desde su área.
Un auditor con Cédula INDEPAR revisa de forma independiente.
Cada departamento emite uno de tres dictámenes: Aprobado, Aprobado con observaciones, o No aprobado. Para obtener el sello, los ocho departamentos deben aprobar. Las observaciones menores se resuelven antes de la publicación.
La Cédula INDEPAR es una acreditacion que el instituto otorga a revisores calificados para participar en el proceso de revisión peer-to-peer. Los auditores con cédula actúan de forma independiente al equipo de investigación, aportando una capa adicional de verificación externa.
Este componente del proceso garantiza que toda publicación sea evaluada no solo por los departamentos internos, sino también por un revisor externo acreditado.
El Sello INDEPAR se otorga a toda publicación que cumple dos condiciones: aprobación de los ocho departamentos académicos y revisión favorable de un auditor con Cédula INDEPAR.
Publicación revisada y aprobada bajo los Estándares de Publicación INDEPAR
INDEPAR-2026-001
El sello aparece en la portada de toda publicación aprobada e incluye:
El logotipo INDEPAR como marca de validación.
La leyenda que confirma que el documento fue revisado bajo los estándares de publicación.
Un número de identificación único (ejemplo: INDEPAR-2026-001) que permite rastrear el documento.
Una publicación con Sello INDEPAR indica que sus datos provienen de fuentes oficiales, su metodología es replicable, sus cálculos son verificables, sus referencias legales son precisas, y su presentación cumple con los estándares del instituto.